11 de enero 2021
En relación al asunto referenciado del que le informamos en nuestra anterior circular nº 160/20, de 26 de noviembre, hemos sido informados por la DGTJ que el recálculo de los nuevos plazos de caducidad de los permisos de explotación únicamente se ha aplicado a los permisos de las máquinas instaladas en establecimientos de hostelería.
Por consiguiente, el recálculo NO se ha aplicado a las máquinas instaladas en salas de juego (salones, bingos y casinos).
Tampoco se les ha aplicado el recálculo a los permisos de explotación que se encontraban en suspensión temporal en la fecha de entrada en vigor del Decreto Ley 46/20, de 24 de noviembre, el 9 de noviembre de 2020.
No obstante, como excepción al criterio expuesto en el anterior apartado, también se ha recalculado el plazo de caducidad de aquellos permisos de explotación de máquinas que estaban instaladas en establecimientos de hostelería durante el 3er trimestre de 2020.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.