• Andemar Catalunya

    Associació Nacional d'Empresaris de Màquines Recreatives

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40 años de Andemar Catalunya

Vídeo del aniversario

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Síntesis audiovisual a 40 años dedicados a la vertebración asociativa y en la defensa de la Máquina B recreativa con premio limitado en la Hostelería de Catalunya.

El vídeo conmemorativo recopila la gestación y proyección de la asociación, la estrecha relación con la hostelería, y vicisitudes ocurridas en este tiempo, además de recoger el testimonio de exponentes de las nuevas generaciones de empresas operadoras que aportan la visión y perspectiva a futuro del sector.

¡Felicidades, Andemar Catalunya!

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Vídeo de felicitaciones de diversas personalidades.

10 de diciembre 2021

El DOGC de hoy, 10 de diciembre, publica la Resolución SLT/3652/2021, de 7 de diciembre, que establece medidas de salud pública para la contención del coronavirus en Cataluña adoptadas por la Resolución SLT/3590/2021, de 1 de diciembre (nuestra circular n.º 98/21, de 2 de diciembre).

Esta nueva resolución mantiene las medidas contenidas en la anterior Resolución SLT/3590/2021, de 1 de diciembre, consistentes en la exigencia de:

  • Certificado de vacunación
  • Certificado de prueba diagnóstica (TAR 48 horas o PCR 72 horas antes)
  • Certificado de recuperación (180 días previos al acceso)

En lo que interesa a nuestro sector, esta nueva resolución mantiene el horario ordinario que le es aplicable a cada sector económico en función de su naturaleza y de la normativa que los regula. No obstante, exige para acceder a determinados establecimientos la presentación del certificado COVID.

  1. El apartado 4 establece que el régimen horario de las actividades es el previsto en la correspondiente normativa sectorial. Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales entre las 22:00 y las 6:00 horas.
  2. El apartado 8 establece que será exigible para acceder a determinados establecimientos la presentación del certificado COVID, emitido por el servicio público de salud, que acredite alguna de las siguientes circunstancias:
    • Certificado de vacunación
    • Certificado de prueba diagnóstica (TAR 48 horas o PCR 72 horas antes)
    • Certificado de recuperación (180 días previos al acceso)

Quedan excluidos de esta exigencia de control de acceso los locales que dispongan únicamente de espacios o terraza al aire libre.

Se habrá de comprobar el certificado COVID a través de la lectura del código QR, sin conservar los datos que se contienen en él.

En la entrada de los establecimientos se tiene que colocar un cartel en modelo normalizado hecho público en la página web del Departamento de Salud, en el que se informe a las personas usuarias de las medidas.

  1. El apartado 13 establece que en las actividades relacionadas con el juego (salones, bingos y casinos) se tiene que garantizar la ventilación mínima establecida en la normativa vigente en materia de instalaciones térmicas de edificios. Se tiene que dar cumplimiento a las medidas previstas en el Plan sectorial de establecimientos de juego aprobado por el PROCICAT.
    • Los servicios complementarios de bar y de restauración se tienen que desarrollar de acuerdo con en el apartado 8 y al resto de condiciones para la hostelería y restauración establecidas en el apartado 14.
  2. Respecto de las actividades de hostelería y restauración, el apartado 14 establece que el acceso de las personas usuarias se sujeta a las condiciones establecidas en el apartado 8, con algunas excepciones.
    • Se tiene que garantizar la ventilación mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación. En los espacios interiores se recomienda el cumplimiento de las condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas indicadas en el anexo 2.
    • El uso de la mascarilla es obligatorio mientras no se está comiendo o bebiendo.

Estas medidas entran en vigor hoy 10 de diciembre, y su duración se establece en 14 días.

Le adjuntamos el texto de la Resolución SLT/3652/2021 en el siguiente enlace:

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.

Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.

 

 

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