18 de junio 2020
El DOGC del día de hoy publica el Decreto 62/2020, de 16 de junio, por el que se modifica el reglamento de máquinas recreativas y de azar para introducir nuevas variantes de máquinas de tipo B especiales para salas de juego (salones de juego, bingos y casinos).
De este asunto le hemos venido informando durante los últimos meses mediante sucesivas circulares n.º 15/19 y 32/19, del 9 de mayo y 4 de noviembre, respectivamente.
La modificación aprobada afecta a los artículos 8 y 11 del Reglamento de máquinas recreativas y de azar (Decreto 23/2005, de 22 de febrero), de la que destacamos lo siguiente:
- Se podrán homologar máquinas especiales del tipo B para salas de juego que permitan la realización simultánea de un número acumulado de partidas que en conjunto no superen el valor de 30 veces el precio máximo de partida, o sea, hasta 6 euros.
- La devolución en premios de este tipo de máquinas no puede ser inferior al 80% en un ciclo máximo de 120.000 partidas.
- Los premios no pueden superar el valor de 1.000 veces el precio o suma de precios de la partida.
- Estas máquinas deberán de estar identificadas como “máquina especial para salas de juego”.
- Se podrán autorizar para cada local la utilización de sistemas que utilicen tarjetas magnéticas, electrónicas, tickets o cualquier otro sistema análogo debidamente homologado.
- Se podrá autorizar la interconexión de máquinas del mismo tipo B instaladas en un mismo establecimiento con la finalidad de poder otorgar “premios especiales” de 2.000 hasta 10.000 euros.
- En cada máquina interconectada ha de constar expresamente esta circunstancia.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.