Estimado socio:
Con relación a este asunto, le trasladamos la información recibida de la Dirección General de Tributs i Joc:
“Transcurridos dos meses desde que se implantaron los nuevos modelos de solicitud conjunta de autorización y rescisión de emplazamientos, querríamos trasladaros algunos aspectos relativos a la firma digital de estos formularios que hemos constatado:
Como ya conocéis, los formularios de los modelos en PDF correspondientes permiten la firma digital del titular de la autorización de instalación y de la empresa operadora; estas firmas se tienen que incorporar, una vez rellenados todos los campos del documento, en los campos reservados al final del documento (recuadros lilas).
La segurización del documento da garantía del día y de la hora de las firmas digitales. La autenticidad del día y de la hora de las firmas se instrumentaliza a través de un sello de tiempo ubicado en un servidor del Consorci d’Administració Oberta de Catalunya:
Hemos observado, aun así, que algunos operadores presentan a través de TMAQ solicitudes conjuntas que están firmadas digitalmente por el operador y por el titular de la autorización de instalación, pero la forma de incorporar estas firmas no se aviene con las indicaciones que os acabamos de trasladar. En concreto, estas solicitudes se presentan habiendo efectuado previamente la impresión en formato PDF del formulario-modelo y procediendo a la firma de este PDF impreso desde las opciones de firma electrónica de ADOBE.
La comprobación que NO se está procediendo correctamente a la firma digital del formulario, dado que se trata de un documento impreso como PDF, se puede constatar fácilmente en el documento PDF porque consta esta leyenda:
Esta manera de proceder a la firma digital del formulario PDF compromete la segurización del documento dado que únicamente constata el día y la hora de las firmas digitales del equipo informático desde el cual se ha procedido a las firmas y, por lo tanto, no permite verificar el tiempo cierto de las firmas digitales.
En definitiva, estas solicitudes, que no son conformes a las instrucciones que os hicimos llegar respecto de la manera de proceder para firmar digitalmente los modelos formularios y que no garantizan el tiempo de las firmas digitales, así como el tiempo transcurrido entre estas firmas y el de la presentación de la solicitud que establecimos como criterio, podrían favorecer prácticas fraudulentas.
Por todo esto, hemos dado instrucciones a los órganos gestores para que revisen especialmente este aspecto de las solicitudes de autorizaciones de emplazamiento o de su rescisión que se hayan tramitado a través del TMAQ, para iniciar y tramitar, si procede, el procedimiento de revocación correspondiente de las autorizaciones concedidas.”
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise al respecto.
Cordialmente.