22 de octubre 2021
El DOGC de hoy, 22 de octubre, publica la Resolución SLT/3150/2021, de 21 de octubre, que modifica las medidas de salud pública para la contención del coronavirus en Cataluña adoptadas por la Resolución SLT/3090/2021, de 15 de octubre (nuestra circular n.º 87/21, de 15 de octubre).
Esta nueva resolución mantiene el horario ordinario que le es aplicable a cada sector económico en función de su naturaleza y de la normativa que los regula.
- El apartado 4 establece que el régimen horario de las actividades es el previsto en la correspondiente normativa sectorial. Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas entre las 22:00 y las 06:00 horas.
- El apartado 12 establece que en las actividades relacionadas con el juego (salones, bingos y casinos) se tiene que garantizar la ventilación mínima establecida en la normativa vigente en materia de instalaciones térmicas de edificios. Se tiene que dar cumplimiento a las medidas previstas en el Plan sectorial de establecimientos de juego aprobado por el PROCICAT. Los servicios complementarios de bar y de restauración se tienen que desarrollar de acuerdo con el apartado 13.
- Respecto de las actividades de hostelería y restauración, el apartado 13 establece que se tiene que garantizar la ventilación mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación. En los espacios interiores se recomienda el cumplimiento de las condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas indicadas en el anexo 2. El uso de la mascarilla es obligatorio mientras no se está comiendo o bebiendo.
Estas medidas han entrado en vigor hoy 22 de octubre, y su duración se establece en 15 días.
Le adjuntamos el texto de la Resolución SLT/3150/2021 en el siguiente enlace:
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
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