• Andemar Catalunya

    Associació Nacional d'Empresaris de Màquines Recreatives

    Circulares

40 años de Andemar Catalunya

Vídeo del aniversario

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Síntesis audiovisual a 40 años dedicados a la vertebración asociativa y en la defensa de la Máquina B recreativa con premio limitado en la Hostelería de Catalunya.

El vídeo conmemorativo recopila la gestación y proyección de la asociación, la estrecha relación con la hostelería, y vicisitudes ocurridas en este tiempo, además de recoger el testimonio de exponentes de las nuevas generaciones de empresas operadoras que aportan la visión y perspectiva a futuro del sector.

¡Felicidades, Andemar Catalunya!

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Vídeo de felicitaciones de diversas personalidades.

3 de febrero 2022

El DOGC de hoy, 3 de febrero, publica la Resolución SLT/177/2022, de 2 de febrero, que establece medidas de salud pública para la contención del coronavirus en Cataluña.

Esta nueva resolución contiene como única novedad destacada respecto a la anterior la reanudación de las actividades recreativas musicales (incluidas las de los establecimientos de restauración) a partir de las 00:00 horas del próximo día 11 de febrero, con sujeción a las condiciones establecidas en el apartado 3.15.2.

En lo que a la actividad de nuestro sector se refiere se mantiene el régimen horario ordinario previsto en la normativa sectorial de aplicación, y como condiciones específicas:

  1. El apartado 3.8 establece que los locales en que se desarrollen actividades relacionadas con el juego (salones, bingos y casinos) tienen que garantizar la ventilación mínima establecida en la normativa vigente en materia de instalaciones térmicas de edificios. Se tiene que dar cumplimiento a las medidas previstas en el Plan sectorial de establecimientos de juego aprobado por el PROCICAT.
    Los servicios complementarios de bar y de restauración se tienen que desarrollar sujetos a las condiciones establecidas en el apartado 3.9.
  2. Respecto de las actividades de hostelería y restauración, el apartado 3.9 establece que los establecimientos tienen que ejercer la actividad con sujeción a las siguientes condiciones:
    • Tanto en el interior como en las terrazas se ha de garantizar una distancia mínima de 1,5 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas.
    • Se tiene que garantizar la ventilación natural u otros sistemas de ventilación.
    • Se recomienda que el número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas sea de 10 personas, tanto en el interior como en terrazas, a menos que pertenezcan a la burbuja de convivencia.
    • El uso de la mascarilla es obligatorio mientras no se consume.

Estas medidas entran en vigor mañana, 4 de febrero, y su duración se establece en 14 días.

Le adjuntamos el texto de la Resolución SLT/177/2022 en el siguiente enlace:

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.

Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.

 

 

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