40 años de Andemar Catalunya

Vídeo del aniversario

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Síntesis audiovisual a 40 años dedicados a la vertebración asociativa y en la defensa de la Máquina B recreativa con premio limitado en la Hostelería de Catalunya.

El vídeo conmemorativo recopila la gestación y proyección de la asociación, la estrecha relación con la hostelería, y vicisitudes ocurridas en este tiempo, además de recoger el testimonio de exponentes de las nuevas generaciones de empresas operadoras que aportan la visión y perspectiva a futuro del sector.

¡Felicidades, Andemar Catalunya!

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Vídeo de felicitaciones de diversas personalidades.

27 de mayo de 2024

Durante los años 2021 y 2023, le hemos enviado varias circulares en las que le informábamos sobre los requisitos para reclamar por responsabilidad patrimonial del Estado por los daños sufridos como consecuencia de los cierres y restricciones de los establecimientos de hostelería y de juego durante la pandemia del COVID y de los pronunciamientos que se iban produciendo al respecto, tanto por parte del Tribunal Constitucional (STC 148/2021, de 14 de julio y 183/2021, de 27 de octubre) como del Tribunal Supremo, que se ha venido pronunciando de manera reiterada y uniforme sobre reclamaciones de diferentes ámbitos y sectores económicos:

  • STS 1360/2023, de 31 de octubre, sobre hostelería y restauración.
  • STS 1497/2023, de 21 de noviembre, sobre transporte aéreo.
  • STS 1554/2023, de 23 de noviembre, sobre comercio en general.
  • STS 1556/2023, de 23 de noviembre, sobre ocio nocturno.
  • STS 1628/2023, de 4 de diciembre, sobre locales abiertos al público.
  • STS 1733/2023, de 20 de diciembre, sobre transporte de viajeros por carretera…

Pues bien, con referencia al sector del juego el Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente en el mismo sentido (STS 711/2024, de 25 de abril), concluyendo que la pandemia del COVID “fue un caso de fuerza mayor que exime de responsabilidad patrimonial con relación a los daños directamente imputables a la misma y la actividad administrativa desarrollada fue razonable y proporcionada a la situación existente por lo que no generó responsabilidad”.

En su argumentación jurídica el Tribunal Supremo también descarta la aplicación del instituto de la expropiación forzosa como mecanismo de reparación de los daños derivados del cumplimiento de la normativa COVID.

Se trata de un pronunciamiento que, en mi opinión, cierra la posibilidad de ser indemnizadas a todas aquellas empresas operadoras de juego que tengan pendientes reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado ante el Tribunal Supremo que, con total seguridad, también verán desestimados sus respectivos recursos.

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.

 

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