10 de abril 2020
Le adjuntamos respuestas de la Dirección General de Trabajo a las consultas formuladas por la CEOE sobre la interpretación y alcance de las siguientes cuestiones:
- Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales: Interpretación del art. 5 del Real Decreto Ley 9/2020.
- Mantenimiento del empleo: Alcance de la disposición adicional Sexta del Real Decreto Ley 8/2020.
- Prohibición de despedir del art. 2 del Real Decreto 9/2020, de 27 de marzo.
Enlace a las Respuestas de la Dirección General de Trabajo
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.