21 de abril 2020
Detallamos a continuación la “guía orientativa” que ha publicado el Ministerio del Interior para unificar criterios a la hora de imponer multas por saltarse el confinamiento acordado por la declaración del estado de alarma:
- Desplazamiento no autorizado: 600 euros.
- Actitud inapropiada del infractor hacia la autoridad:
- Menosprecio: 2.000 euros.
- Intimidación: 3.000 euros.
- Violencia o amenaza: 10.400 euros.
- Persistencia referida a restricciones a la libre circulación: 1.200 euros.
- Persistencia referida a la realización de actividades no permitidas en establecimientos comerciales o industriales: 2.000 euros.
- Presencia de menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en el vehículo, sin causa justificada: 1.500 euros.
- Desplazamiento no autorizado, junto a otras personas: 1.500 euros.
- No identificación inicial debido a dificultades propiciadas por la persona infractora: 700 euros.
- Actuación deliberada del infractor para evitar o dificultar su identificación: 1.500 euros.
- Organización o participación en actividades en común (festejos, celebraciones...): 10.400 euros.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.