17 de marzo de 2023
El DOGC publica hoy las leyes de presupuestos y de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público de la Generalitat para 2023, cuyo contenido confirma la información que le anticipamos en la anterior circular n.º 6/23, de 13 de enero, en lo que respecta a la tributación del sector del juego y, que no hay incremento de la tasa de juego en 2023.
1.- El art. 43 de la Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos, contiene un incremento del 3% de las tasas con tipo de cuantía fija y, por consiguiente, de las tasas de gestión administrativa que se devengan por la tramitación de las autorizaciones y permisos del juego.
Asimismo, la Disposición adicional primera, establece el interés legal del dinero (3,25%) y el interés de demora (4,0625%), haciéndolos coincidir ambos con los tipos fijados en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2023.
2.- El art. 27 de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales… (ley de acompañamiento), contiene como única cuestión destacable, con relación a la tributación del juego, la obligación formal de suministrar a la Agencia Tributaria de Cataluña por parte de Loterías de Catalunya, SAU, los datos correspondientes a los cartones de bingo no electrónico adquiridos por las personas jugadoras en las salas de bingo.
El procedimiento y el plazo en que debe remitirse la información se establecerá mediante una futura orden de la Consejería de Hacienda.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.