11 de julio 2019
El DOGC del día de hoy publica el Decreto Ley 12/2019, de 9 de julio, de medidas urgentes en materia tributaria y de lucha conta el fraude fiscal (adjunto en fichero aparte).
Este Decreto Ley contiene las siguientes medidas relacionadas con la regulación del juego en sus artículos 6, 7, 8, Disposición Transitoria y Disposición Final Tercera:
- Tipo de gravamen de las apuestas: El tipo tributario general de las apuestas pasa al 15%. Este nuevo tipo de gravamen se aplicará a partir del primer día del trimestre natural siguiente a su entrada en vigor.
- Devengo del impuesto que grava el juego del bingo: El suministro de cartones a la entidad titular de la autorización administrativa o a la empresa de servicios gestora del juego del bingo, queda condicionado a la inexistencia de deudas tributarias en concepto de juego.
- Régimen sancionador en materia de juego:
- Considera como falta muy grave hacer actividades de juego sin haber satisfecho cualquiera de los tributos que gravan cada tipo de juego.
- Modifica el régimen de las fianzas que tienen que depositar los operadores de juego, que tendrán que responder no sólo de las sanciones administrativas y del pago de los premios, sino también de las deudas tributarias sobre el juego. Las fianzas actualmente depositadas tendrán que adecuarse a la afectación de las deudas tributarias en el plazo de seis meses, ósea, antes del 12 de enero de 2020.
- Los nuevos modelos de fianzas están disponibles en la web del Departamento de Vicepresidencia y de Economía y Hacienda de la Generalitat (véase nuestra circular 26/18, de 23 de noviembre de 2018) y pueden acceder a ellos a través del siguiente enlace:
http://economia.gencat.cat/ca/ambits-actuacio/joc-apostes/models-maquines-recreatives-atzar/
- Los nuevos modelos de fianzas están disponibles en la web del Departamento de Vicepresidencia y de Economía y Hacienda de la Generalitat (véase nuestra circular 26/18, de 23 de noviembre de 2018) y pueden acceder a ellos a través del siguiente enlace:
Este Decreto Ley entra en vigor mañana, 12 de julio de 2019. No obstante, quedará derogado si en el plazo de 30 días no es validado expresamente por el Parlamento de Cataluña.