9 de abril 2020
Confirmamos la información que le facilitamos en nuestra anterior circular n.º 29/20 (C29. Generalitat de Catalunya. Bonificación de la cuota de la tasa de juego máquinas B y C), de anteayer 7 de abril, y en tal sentido le informamos que el DOGC del día de hoy publica el Decreto Ley 11/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y otras complementarias.
En su artículo 5 se establece lo siguiente:
- Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar. Máquinas recreativas y de azar.
- Se establece una bonificación de la cuota de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, que graba las máquinas recreativas y de azar en el porcentaje equivalente al número de días que haya estado vigente el estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, respecto al total de días del trimestre natural correspondiente al primer plazo de autoliquidación que se inicie después de la fecha de finalización del estado de alarma. Esta bonificación se aplicará por una única vez en la autoliquidación correspondiente al periodo de liquidación trimestral mencionado.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.