24 de mayo 2022
En nuestra anterior circular n.º 64/21, de 12 de julio, le informábamos del límite de los pagos en efectivo hasta 1.000 euros, establecido en el art. 18 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, en la redacción dada por la Ley 11/2021, de 9 de julio.
Pues bien, con relación a este asunto le informamos ahora que la Comisión Europea estudia expedientar a España por el establecimiento de este límite en los pagos en efectivo.
El expediente abierto por la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la UE tiene su fundamento en un dictamen del Banco Central Europeo (BCE) que rechaza los límites en efectivo porque considera que pone en peligro el concepto de “curso legal” del euro, al limitarlo como moneda de pago y por ello, dificulta notablemente la liquidación de operaciones legítimas mediante el uso de efectivo como medio de pago.
El BCE también califica de desproporcionado el límite de 1.000 euros que fija la Ley antifraude.
Seguiremos la evolución de este asunto y le iremos informando de cualquier novedad al respecto.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.