12 de diciembre 2020
El DOGC publica la Resolución SLT/3268/2020, de 12 de diciembre, por la que se prorrogan y modifican las medidas de salud pública para la contención del coronavirus en Cataluña adoptadas por la Resolución SLT/3177/2020, de 4 de diciembre (nuestra anterior circular n.º 163/20, de 5 de diciembre).
El apartado 12 de la Resolución hoy publicada mantiene la suspensión de las actividades de los establecimientos de juego (salones, casinos y salas de bingo).
Respecto de las actividades de hostelería y restauración, el apartado 13 mantiene la autorización de su apertura con sujeción a las siguientes condiciones:
- El consumo se tiene que realizar siempre en mesa.
- En el interior, el aforo se limita al 30% del autorizado, con distancia señalizada de 2 metros entre mesas o agrupaciones de mesas y se ha de garantizar la ventilación.
- En las terrazas, se tiene que garantizar una distancia mínima señalizada de 2 metros entre mesas o agrupaciones de mesas.
- Se limita a 4 el número de comensales por mesa o agrupación de mesas, excepto si estos pertenecen a la “burbuja de convivencia”.
- Se tiene que garantizar la distancia de 1 metro entre las personas de una misma mesa, excepto para personas que pertenezcan a la “burbuja de convivencia”.
- El servicio en mesa se permite hasta las 21:30 horas. A partir de esa hora el establecimiento sólo podrá prestar servicio de restauración para recogida de los clientes hasta las 22:00 horas o de servicio a domicilio hasta las 23:00.
Estas medidas entran en vigor el próximo lunes, 14 de diciembre, y su duración se establece en 14 días.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto.
Recordamos la conveniencia de consultar, de forma periódica, nuestra página web www.andemar.es y también en Twitter @andemarcat donde estará actualizada toda la información de utilidad sobre medidas por el coronavirus Covid-19.