• Andemar Catalunya

    Associació Nacional d'Empresaris de Màquines Recreatives

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40 años de Andemar Catalunya

Vídeo del aniversario

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Síntesis audiovisual a 40 años dedicados a la vertebración asociativa y en la defensa de la Máquina B recreativa con premio limitado en la Hostelería de Catalunya.

El vídeo conmemorativo recopila la gestación y proyección de la asociación, la estrecha relación con la hostelería, y vicisitudes ocurridas en este tiempo, además de recoger el testimonio de exponentes de las nuevas generaciones de empresas operadoras que aportan la visión y perspectiva a futuro del sector.

¡Felicidades, Andemar Catalunya!

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Vídeo de felicitaciones de diversas personalidades.

3 de enero 2019

El DOGC de 28 de diciembre de 2018, publica el Decreto 273/2018, de 20 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalitat para 2017, mientras no entren en vigor los de 2019.

La última Ley de presupuestos de la Generalitat de Cataluña fue la 4/2017, de 28 de marzo. Estos presupuestos se prorrogaron para el 2018 mediante la Instrucción 1/2017 de 12 de diciembre.

 

II.- ANTEPROYECTO DE LEY DE ACOMPAÑAMIENTO A LA DE PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT PARA 2019.

El Departament de Vicepresidencia i Conselleria d’Economia i Hisenda de la Generalitat, ha remitido al Consell de Treball Econòmic i Social (CTES) un Anteproyecto de Ley de Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público, para que dicho organismo emita sobre este texto su preceptivo dictamen con carácter de urgencia.

Destacamos a continuación las cuestiones contenidas en el referido Anteproyecto de Ley referentes al sector del juego:

1.- Se suprime la tasa de gestión por autorización y renovación de los salones recreativos (máquinas tipo A).

2.- Se elimina la potestad de exigir el pago de tasa de gestión por la realización de ensayos previos para la homologación de máquinas recreativas del tipo A.

3.- Se eleva al 15% el tipo tributario general de las apuestas (en la actualidad es del 13%).

4.- Se eleva al 15% el tipo tributario correspondiente a las apuestas sobre acontecimientos deportivos, de competición o de otro carácter previamente determinado, y también a las apuestas hípicas (en la actualidad es del 10%).

5.- Condiciona el suministro de cartones de bingo a que la empresa de bingo no tenga deudas tributarias por impago de la tasa de juego del bingo.

6.- Establece como falta muy grave, no sólo el impago de la tasa de juego sino también, el impago de cualquier tributo que grave la actividad del juego correspondiente.

7.- Establece la obligación de que las fianzas depositadas por las empresas de juego respondan también de las deudas tributarias que estas empresas tengan con la Agencia Tributaria de la Generalitat de Cataluña.

8.- Establece la transformación de l’Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat (EAJA) en una Sociedad Anónima de naturaleza unipersonal (SLU) adscrita al Departamento competente en materia de juego y apuestas. El inicio del proceso de transformación se llevará a cabo en el término de un año desde la entrada en vigor de la Ley.

 

 

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