3 de febrero 2020
La semana pasada el Govern de la Generalitat presentó al Parlament de Cataluña, para su aprobación, los proyectos de ley de Presupuestos y de Medidas fiscales para este año 2020.
El art. 44 del Proyecto de ley de Presupuestos mantiene los importes de las tasas de cuantía fija (tasas de gestión administrativa) en los mismos importes del pasado año 2019 y el Proyecto de ley de Medidas fiscales no contempla ninguna modificación específica de la tasa de juego para el 2020.
El Proyecto de ley de Medidas fiscales únicamente contiene dos modificaciones respecto de la tasa por la prestación de servicios en materia de juego y apuestas (tasas de gestión administrativa):
- Se suprime la cuota por la autorización y renovación de los salones recreativos de tipo A.
- Se incrementa hasta 367,30 € la cuota por los ensayos previos de homologación de máquinas recreativas de los tipos B y C.
El mismo Proyecto de ley de Medidas fiscales para 2020 contiene la modificación de la Ley 5/1986 de creación de la EAJA y deroga el art. 3.2 del Reglamento sobre el régimen de pago de los tributos sobre el juego (Decreto 2/2014, de 7 de enero) que establece la posibilidad de solicitar autorización para autoliquidar e ingresar la tasa de juego de máquinas recreativas y de azar mediante soporte magnético.
Si nos atenemos al calendario previsto para la tramitación parlamentaria de ambos Proyectos de ley, el trámite de enmiendas finalizará el próximo 17 de febrero y la aprobación de ambas leyes se producirá el 18 de marzo.